
SE HA CONVALIDADO EL REAL DECRETO-LEY 7/2026
ANPIER LAMENTA LA OPORTUNIDAD PERDIDA PARA SOLUCIONAR IRREGULARIDADES NORMATIVAS QUE SE PROYECTAN EN EL PRESENTE Y EN EL FUTURO DE MILES DE FAMILIAS ESPAÑOLAS.
UN AGRAVIO INSOPORTABLE FRENTE A LOS FONDOS INTERNACIONALES, UN DESAJUSTE REGULATORIO CON LA HORAS NEGATIVAS Y UN IMPUESTO ANTIRENOVABLE
Madrid. 27 de marzo de 2026. Anpier, la Asociación Nacional de Productores Fotovoltaicos, lamenta la oportunidad perdida en el Real Decreto-ley 7/2026 convalidado por el Congreso de los Diputados para dar respuestas a diferentes irregularidades normativas anteriores que se proyectan en el presente y el futuro de las 62.000 familias fotovoltaicas españolas pioneras de esta tecnología, que está paliando en gran medida la subida de precios de la electricidad en España.
El pasado sábado se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, con la intención de paliar las consecuencias económicas derivadas del conflicto geopolítico en dicha región, incorporando un amplio conjunto de medidas de gran alcance.
Los productores fotovoltaicos pioneros de nuestro país perciben una retribución por el esfuerzo inversor en fotovoltaica que ahora nos permite tener una tecnología limpia, autóctona e inagotable, y tan barata que ha desplomado los precios de la energía, en beneficio de los hogares españoles, de las empresas y, por lo tanto, del bienestar social y económico. Para recibir sus ingresos han de probar el óptimo funcionamiento de sus plantas con unas horas equivalentes de funcionamiento, que deben traducirse en una producción mínima de energía anuales; sin embargo, una norma posterior, considera que, las numerosas horas en las que el mercado eléctrico presenta precio negativo, no computan para el cálculo de sus horas equivalentes de funcionamiento, loque viene a considerar que estas plantas no están en funcionamiento, cuando si lo están haciendo, y obliga a los productores a devolver sus ingresos por incumplir este compromiso, cuando no lo están incumpliendo. Este absurdo y lesivo desajuste regulatorio se ha paliado desde el Ministerio a través de la Orden de Parámetros retributivos para el periodo actual periodo regulatorio, que ha reducido las horas mínimas que dichas instalaciones deben alcanzar para los próximos 3 años.
Sin embargo, durante el pasado año 2025 fueron muy numerosas las instalaciones fotovoltaicas que no alcanzaron las horas mínimas exigidas, a pesar de que estaban operativas, y por lo que se han visto gravemente penalizadas con retribuciones muy recortadas.
El pasado mes de julio, el Congreso no convalidó el Real Decreto-ley 7/2025, conocido como “Decreto Antiapagones”. En dicho Real Decreto Ley fallido, el Gobierno intentó dar una solución para dichas horas del ejercicio 2025 y evitar el daño que ahora se ha materializado, por lo que Anpier considera este Real Decreto-ley aprobado hoy como una nueva ocasión perdida para solucionar esta arbitrariedad. Si la voluntad del Gobierno era solucionar esta injusticia, la solución a este problema debería haber estado presente en el Real Decreto-ley.
UN AGRAVIO INSOPORTABLE.
Dado el amplio respaldo parlamentario en reparar la situación de injustica de salvajes recortes que sufren los pioneros fotovoltaicos, hubiera sido deseable también una respuesta al grave agravio que sufre este colectivo de pioneros de la fotovoltaica. Las 62.000 familias españolas pioneras en el desarrollo fotovoltaico soportan semana tras semana el anuncio de nuevos Laudos del CIADI, órgano de resolución de conflictos del Banco Mundial, en los que, por los mismos cambios retroactivos, se obliga a España a indemnizar a los inversores foráneos demandantes.
Hasta la fecha, son ya 28 las resoluciones conocidas, de las más de 40 demandas acumuladas. España no solo incumplió el marco normativo que captó inversores nacionales y extranjeros, sino que tampoco ha querido acatar los laudos emitidos por el CIADI, lo que ha motivado que la justicia de Estados de varios continentes haya tenido que reclamar el cumplimiento de dichas indemnizaciones, así ha ocurrido ya en Estados Unidos, Australia, Bélgica y Reino Unido, estas sentencias abren la puerta a embargos cautelares o definitivos de bienes del Estado si España no hace frente a las indemnizaciones impuestas. Junto con Rusia y Venezuela, nuestro país completa el desprestigio de completar el pódium de Estados incumplidores de Laudos internacionales por incumplir la Carta de la Energía.
Por otra parte, en el Real Decreto-ley convalidado hoy, el impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica del 7% (IVPEE), experimenta una reducción del 10% de la base imponible del impuesto durante el primer trimestre de 2026; y una Minoración del 100% de la base imponible (base cero) durante el segundo trimestre de 2026. Anpier considera que esta carga fiscal debería recaer únicamente sobre fuentes de generación con impacto ambiental, pero, en ningún caso, sobre fuentes renovables y, con menor sentido, en el caso de pequeñas instalaciones fotovoltaicas sociales.